¿Es legal el fichaje con la huella dactilar?

El fichaje con huella dactilar como método de control horario en las empresas es una opción que, hoy en día, guarda cierta complejidad porque en algunos casos es considerada como muy invasiva respecto a los derechos y libertades de los trabajadores.

La Ley Orgánica de Protección de Datos Personales concibe las huellas dactilares tanto en la categoría de información de carácter confidencial como de un dato que requiere especial protección.

En este sentido, el sistema integral de control horario para empresas que propone en España la empresa MHP® se adapta a la normativa vigente e incluye el fichaje por huella dactilar.

Fichar con huella dactilar: validez en ámbitos públicos y privados

El Real Decreto-ley 8/2019 obligó a las organizaciones del país a ejecutar un control del registro de la jornada laboral. En ese marco, hubo empresas que optaron por utilizar aplicaciones online o un proceso manual de firmas y, en otros casos, se implantaron sistemas de autenticación biométricos basándose en características fisiológicas.

En el caso de la huella dactilar, esta entra en la categoría especial de datos que permiten identificar de una manera unívoca a una persona física y desde la firma MHP® sostienen que es legal el uso del dato biométrico para cumplir con el registro horario obligatorio de la jornada laboral.

En este contexto, el empleo del sistema en las empresas del sector privado está sustentado en distintas resoluciones de la AEPD, que hasta el momento no han sido objetadas judicialmente, remarcando que “estaría expresamente permitido” en caso de que cuente con una base jurídica especificada en el contrato de trabajo.

En la administración pública existe una jurisprudencia que avala como legítimo el tratamiento de los datos biométricos para el control horario de los empleados públicos sin que estos den su consentimiento previo. Esta data del año 2007 a partir de una impugnación efectuada por el Sindicato de Trabajadores de la Enseñanza junto con la Confederación General del Trabajo de Cantabria, que el Tribunal de Madrid rechazó por entender que no infringía los derechos fundamentales de las personas.

No obstante, desde MHP subrayan que la política de fichaje por esta vía deberá respetar los principios de limitación de la finalidad, necesidad, proporcionalidad y minimización de datos; suprimir aquel dato biométrico que no sea necesario para el objetivo y utilizar plantillas biométricas para garantizar que una persona únicamente pueda ser identificada en los medios que cuenten con una base jurídica.

Al mismo tiempo, los mecanismos empleados tendrán que basarse en tecnologías de cifrado con el fin de evitar cualquier lectura o copia no autorizada e imposibilitar la divulgación no comprobada, entre otras cosas.

Un método fiable de huella dactilar

El sistema de fichaje mediante huella dactilar de la firma MHP® resulta fiable para los trabajadores en modalidad presencial debido a que únicamente almacena la minucia (hash) de cada usuario y posee un algoritmo que asegura la irreversibilidad del dato.

Se trata del Terminal TRD-4, un dispositivo fabricado con materiales biodegradables que facilita un fichaje multiempresa en el caso de los empleados de distintas organizaciones, localizados en un mismo punto de trabajo, y es combinable con otros métodos de registro como el reconocimiento facial.

MHP® también dispone de un departamento jurídico especializado en la protección de datos que asesora acerca de la correcta implementación del sistema integral de control horario.

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